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  2023

 

  

 

BASES DE LAS CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES DE LA DELEGACIÓN DE COOPERACIÓN Y SOLIDARIDAD

Por acuerdo de Junta de Gobierno Local nº 644/13 de 3 de Julio de 2023, se han aprobado las Bases de las Convocatorias de la Delegación de Cooperación y Solidaridad de Acción Humanitaria, Coooperación Internacional Modalidades A y B y Educación al Desarrollo 2023, cuyas Bases y Anexos se adjuntan a esta publicación.

Listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas en las Convocatorias de Subvenciones de 2023

El Ayuntamiento de Córdoba, aprobó mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local, número: N.º 644/23; Sesión: Ordinaria; Fecha: 03 de julio de 2023, las Bases Reguladoras de las Convocatorias de Subvenciones para la financiación de proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Modalidad A y Modalidad B), Educación para el Desarrollo y Acción Humanitaria 2022.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Departamento de Cooperación y Solidaridad ha procedido a comprobar los requisitos exigidos en la convocatoria de Educación al Desarrollo las entidades que se presentan a este proceso de concurrencia competitiva. Habiendo comprobado que reúnen los requisitos señalados en las bases (estipulación 2ª. Requisitos de las entidades beneficiarias y forma de acreditación de los mismos), se procede a elaborar la Lista Provisional de Solicitudes Admitidas, las Solicitudes que deben subsanar deficiencias y las Solicitudes Excluidas en la Convocatoria, con especificación de la causa o causas que motivan la exclusión. La mencionada lista se publicará en el Tablón de Anuncios Electrónico Municipal, así como en la web del Departamento de Cooperación y Solidaridad.

De la formulación del proyecto (Anexo n.º 3) sólo se podrá requerir el presupuesto (punto 6), siendo sólo válida la presentada en un primer momento con la solicitud. Si el requerimiento al presupuesto conllevara también rectificación del punto 2.5 de este Anexo y/o presupuesto por actividades (anexo 4), se presentarán además estos para subsanación del mismo, no debiéndose presentar todo el Anexo 3.

La documentación requerida deberá ser presentada en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del requerimiento en el Tablón de Anuncios Electrónico Municipal. Si no se presentara en dicho plazo, o bien no se subsanara correctamente la misma, se tendrá por desistida la solicitud, conforme a los artículos 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 68 de la Ley39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La documentación que cada entidad aporte para subsanar deberá realizarse ordenadamente, de forma numerada y nombrando correctamente el archivo. Si solo se aporta un archivo conteniendo varios documentos deberá recoger claramente un índice en el que se indique la documentación aportada.

pdfListado provisional de solicitudes admitidas y excluidas en las Convocatorias de Subvenciones de 2023, de "Educación al Desarrollo”

pdfListado provisional de solicitudes admitidas y excluidas en las Convocatorias de Subvenciones de 2023, de "Acción Humanitaria”

pdfListado provisional de solicitudes admitidas y excluidas en las Convocatorias de Subvenciones de 2023, de "Cooperación al Desarrollo - Modalidad B”

Carpetas documentos

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a PARTIR DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

 

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